martes, 5 de junio de 2012

 

 SOLUCION FINAL

Sigue siendo incierta la fecha exacta en que los lideres nazis decidieron llevar a cabo la “Solución Final”, el plan de aniquilar los judíos. El genocidio de los judíos fue la culminación de una década de política nazi bajo el gobierno de Hitler.
La persecución y segregación de los judíos fue llevada a cabo en varias etapas. Después que el partido nazi llegó al poder, el racismo impuesto por el estado resultó en legislación antisemita, boicots, “arianización”, y los pogroms de Kristallnacht, que se dirigían a aislar sistemáticamente los judíos de la sociedad alemana y forzarlos a salir de Alemania

PERSONAJES SOBREVIENTES
  
Peter Josef Greenfeld – Klineman fue, junto con su hermana melliza Martha, uno de los conejillos de indias de Yosef Mengele,. Tenía apenas cuatro años cuando fue llevado con su familia de Theresienstadt a Auschwitz, su padre había sido asesinado cuando tenía un año de edad. De su nombre recuerda que lo llamaban bajo el apodo de Pepicheck. Pero que su verdadero nombre era Yosef Klineman que provenía de Checoslovaquia. Cuando llegó a Auschwitz –Birkenau le fue tatuado el número A-2459.

LOS GHETTOS El termino “ghetto” viene del nombre del barrio judío de Venecia, establecido en 1516. Durante la Segunda Guerra Mundial, los ghettos eran distritos urbanos (de menudo cerrados) en los cuales los alemanes forzaron a la población judía a vivir en condiciones miserables. Los ghettos aislaban a los judíos, separándolos de la población no judía así como de las otras comunidades judías. Los nazis crearon más de 400 ghettos. Los alemanes consideraban la creación de los ghettos como una medida provisoria para controlar y segregar a los judíos. En varios lugares, los ghettos duraron poco tiempo. Con la implementación de la “Solución Final” en 1942, los alemanes sistemáticamente destrozaron los ghettos y deportaron los judíos a los campos de exterminio donde fueron asesinados. Algunos judíos fueron deportados desde los ghettos a campos de trabajo forzado o campos de concentración. La mayoría de los ghettos (ubicados principalmente en la Europa oriental ocupada por los nazis) estaban cerrados con muros, rejas de alambre de púas, o portones. Los ghettos eran extremamente insalubres y estaban atestados. El hambre, la escasez crónica, los inviernos duros, y la falta de servicios públicos resultaron en brotes epidémicos y una alta mortalidad. El ghetto más grande en Polonia era el ghetto de Varsovia, donde aproximadamente 450.000 judíos fueron hacinados dentro de un área de 1.3 millas cuadradas. Otros ghettos importantes eran los de Lodz, Krakow (Cracovia), Bialystok, Lvov, Lublin, Vilna, Kovno, Czestochowa, y Minsk.

Las leyes definían a un judío si presentaban las siguientes características:

  
    -Tener tres abuelos judíos y un abuelo alemán era considerado 100% judío.
    -Tener dos abuelos judíos y dos alemanes era considerado mestizo judio al 50%.
    -Tener un abuelo judío era considerado Mischlinge o mestizo al 25%.
    -Abrazar la religión judía sin ser judío de nacimiento era considerado judío al 100% (podían ser Testigos de Jehová, pastores católicos, feligreses de sinagogas etc).
    -Casarse o mantener relaciones extramatrimoniales con una persona judía era considerado como prohibido y él o la contrayente alemán podía ser considerado como judío de primer grado, esto estaba penalizado con prisión.
    -Los judíos que se hubieran convertido al cristianismo (luteranos, católicos o protestantes) eran considerados de todos modos por su origen como judíos.

  
        Artículo 7:
     7. Quedan prohibidos los matrimonios entre judíos y súbditos de sangre alemana o asimiladas. Los matrimonios      concertados a pesar de esta prohibición son nulos de todo derecho, incluso si, para burlar la ley, hubiesen sido contraídos en el extranjero.
     2. Sólo el Procurador puede invocar una causa de nulidad.
     Artículo 2: Quedan asimismo prohibidas las relaciones extraconyugales entre judíos y súbditos de sangre alemana o asimilada.
     Artículo 3: Queda prohibido que los judíos contraten como empleadas de hogar a mujeres de sangre alemana o asimilada, de menos de 45 años.

     Artículo 4:
    7. Queda prohibido que los judíos enarbolen o engalanen con los colores nacionales.
    2. En cambio, pueden engalanar con los colore: judíos. El ejercicio de este derecho queda garantizac: por el Estado.
     Articulo 5:
   7. Quien contravenga las disposiciones del artículo 1, puede ser sometido a reclusión.
   2. El hombre que contravenga las disposiciones del artículo 2, puede ser sometido a prisión o reclusión.
   3. Quien contravenga las disposiciones de los artículos 3 y 4 puede ser sometido a multa o a una pena de prisión de hasta 1 año.

    Artículo 6: El Ministerio del Interior del Reich de acuerdo con el Representante del Führer, dictará las prescripciones legales y administrativas necesarias para la aplicación y publicación de la presente ley.

    Artículo 7: La presente ley entrará en vigor el día siguiente de su promulgación, excepto el artículo 3, cuya vigencia será a partir del 1 de enero de 1936.